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03A38425La LISMI, la ley de integración social del minusválido (ley 13/1982 de 7 de abril), establece la obligación de contratar a un mínimo de un 2% de trabajadores con discapacidad, a las empresas públicas y privadas con una plantilla superior a 50 trabajadores.

La LISMI pretende impulsar y fomentar la integración laboral de personas con discapacidad, pero a pesar de que fue aprovada en 1982 el grado de cumplimiento sigue siendo muy bajo. Por ello, en el año 2000, con el objetivo de facilitar a las empresas el cumplimiento de esta ley, se establecieron una serie de medidas alternativas, como la compra de bienes o el contrato con un Centro Especial de Empleo, la donación o acción de patrocinio, la creación de un Centro Especial de Trabajo (CET), etc.

La Ley también contempla medidas para favorecer la integración mediante la eliminación de barreras arquitectónicas. Por ejemplo se establecieron ayudas para la adaptación de los puestos de trabajo, la eliminación de barreras arquitectónicas que dificulten su acceso y la movilidad en los centros de producción.

La LISMI también promueve la construcción, ampliación y reforma de los edificios de propiedad pública o privada, así como las vías públicas, parques y jardines destinados a un uso que implique la concurrencia de público, para que resulten accesibles y utilizables a los minusválidos.

Finalmente, entre otras medidas, esta normativa también pretende favorecer la edificación de viviendas adaptadas, estableciendo una cuota del 3% en el caso de las de protección oficial, así como establecer facilidades para la reforma de viviendas en las que habiten minusválidos.

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