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Accesibilidad, ascensores, salvaescaleras y plataformas industriales

¡Juntos encontraremos la mejor solución!

La accesibilidad en Comunidades de Vecinos tiene una fecha límite, el 4 de diciembre de 2017. Queda por tanto menos de un año para que se cumpla esta fecha establecida por la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. Uno de los objetivos de esta ley es que las personas con discapacidad puedan usar los espacios comunes de las escaleras de vecinos.

Las intervenciones a realizar para la mejora de la accesibilidad en estos espacios comunes deben permitir que las personas con alguna discapacidad puedan hacer uso de ellas en las mismas condiciones que los demás vecinos.

Según algunos estudios, la accesibilidad en comunidades de vecinos debe mejorar en el 75% de los casos. Para ello existen distintas soluciones posibles para la eliminar las barreras arquitectónicas, como pueden ser la construcción de rampas, o la instalación de sillas salvaescaleras, plataformas elevadoras, ascensores de pequeño recorrido, o elevadores.

Es habitual que en la mayoría de las comunidades existan unos pocos peldaños para poder acceder a su interior o incluso para poder llegar al ascensor. En este caso, a pesar de contar con un ascensor, siguen siendo comunidades poco accesibles ya que éste no se encuentra al mismo nivel de la calle. Por tanto, los vecinos que van en silla de ruedas, cochecito, o simplemente padecen algún problema de movilidad, se encuentran en serios problemas para acceder a él.

La regulación actual establece que las mejoras para la accesibilidad en comunidades de vecinos no deben suponer una carga desproporcionada. Se considera razonable cuando el coste de las obras, repercutido anualmente, y descontando las subvenciones y ayudas públicas a las que se tenga derecho, no excedan de un importe igual a las 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes. En caso que el presupuesto fuera superior, se deberá aprobar por mayoría de los vecinos, con la posibilidad de que el vecino que lo haya solicitado abone la diferencia por su cuenta.

La ley también establece que las mejoras en edificios deberán permitir que la totalidad de los usuarios puedan acceder a todas las zonas comunes (garajes, trasteros, jardines, piscinas y otras zonas comunitarias) y no sólo a sus viviendas.

En enier disponemos de múltiples soluciones para la mejora de la accesibilidad en comunidades de vecinos. Consúltenos y le asesoraremos.

Comentarios

  1. pilar dice:

    Información en bloque de 4 plantas sin ascensor

    1. Dpt. Comercial de Reine dice:

      Hola Pilar,

      Gracias por tu comentario, si necesitáis información para un elevador de 4 plantas, por favor, nos puedes contactar con el formulario de nuestra web, mediante mail en enier@enier.com o bien llamando al 972 171 374. ¡esperamos hablar contigo muy pronto!

      ¡saludos!

  2. VICENTE PONS JABALOYAS dice:

    QUISIERA INFORMACION PARA COLOCAR UNA SILLA ELECTRICA PARA SUBIR UNA ESCALERA RECTA DE 20 PELDAÑOS

    1. Dpt. Comercial de Reine dice:

      Hola Vicente

      Gracias por tu comentario.
      Enseguida nos ponemos en contacto contigo y te informamos.

      saludos

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